EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000163-2023
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 23/04/2026 · Exp. 000163-2023
Conforme a los artículos 202 y 204 de la. Constitución, solo el Tribunal. Constitucional posee legitimidad comoórgano competente para conocer eninstancia única y exclusiva la acción deinconstitucionalidad de una norma. Enel caso concreto no concurre unasentencia de inconstitucionalidad, sinoque se trata de un supuesto de doctrinajurisprudencial emitida por el Tribunal. Constitucional en el marco de unademanda de habeas corpus.