EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002592-2015
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 16/03/2017 · Exp. 002592-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 16/03/2017 · Exp. 002592-2015
l. Si el Fiscal Supremo estima justa una absolución, no es posible que el órgano jurisdiccional decida lo contrario, puesto que es el Ministerio Público. o quien le corresponde la exclusividad de la persecución penal. como titular de la acción penal. II. no debe soslayarse que el Ministerio Público es quien solicito lo detención o también llamado -prisión preventivo-, de…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 06/03/2017 · Exp. 001391-2015
A) En el delito de Extorsión. se ha formado convicción acerca de la culpabilidad de la procesada, con la prueba indiciaria analizada. De este modo, se justifica la sentencia condenatoria de conformidad con el artículo 285° del Código de Procedimientos Penales; B) El extremo de la sentencia absolutoria por et delito de Asociación Ilícita poro Delinquir, impugnado por la Parle…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 06/03/2017 · Exp. 003024-2015
Si el Fiscal Supremo estima justa una absolución, no es posible que el órgano jurisdiccional decida lo contrario, puesto que es el Ministerio Público, a quien le corresponde la exclusividad de la persecución penal, como titular de la acción penal.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 16/02/2017 · Exp. 002379-2015
Peculado.- Sentencia Nula. El artículo 159° del texto constitucional, establece que el Ministerio Público es el titular del ejercicio público de la acción penal, y tiene el deber de la carga de la prueba; bajo el Principio de la Imputación Necesaria, por ende la presentación de los cargos debe ser puntual y exhaustiva, al no advertirse ello corresponde declarar Nula la…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 14/02/2017 · Exp. 002006-2015
El recurso de nulidad interpuesto por la PARTE CIVIL no fue de recibo por la señora Fiscal Suprema en lo Penal; por lo tanto, no puede prosperar; en observancia del Principio Acusatorio y de Oficialidad en la persecución pública del delito. La presunción de inocencia del acusado, no ha sido destruida con prueba suficiente, por lo que la sentencia absolutoria…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 07/02/2017 · Exp. 001334-2015
El recurso de nulidad interpuesto por laPARTE CIVIL, no fue de recibo por la señora Fiscal. Suprema en lo Penal; por lo tanto. no puedeprosperar; en observancia del Principio Acusatorioy de Oficialidad en la persecución pública deldelito. La presunción de inocencia de losacusados, no ha sido destruida con pruebasuficiente, por lo que la sentencia absolutoriavenida en Recurso de Nulidad, debe confirmarse…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 03/02/2017 · Exp. 000966-2015
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 20/01/2017 · Exp. 001377-2015
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 19/01/2017 · Exp. 002047-2015
Si el Fiscal Supremo estimo justo uno absolución, no es posible que el órgano jurisdiccional decida lo contrario, puesto que es el Ministerio Público o quien le corresponde la exclusividad de la persecución penal, como titular de la acción penal.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 19/01/2017 · Exp. 000153-2015
Si el Fiscal Supremo estimo justa una absolución, no es posible que el órgano jurisdiccional decido lo contrario, puesto que es el Ministerio Público, o quien le corresponde la exclusividad de lo persecución penol, como titular de la acción penal.