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EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 002592-2015

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Segunda Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
16 de marzo de 2017
Expediente
002592-2015
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

l. Si el Fiscal Supremo estima justa una absolución, no es posible que el órgano jurisdiccional decida lo contrario, puesto que es el Ministerio Público. o quien le corresponde la exclusividad de la persecución penal. como titular de la acción penal. II. no debe soslayarse que el Ministerio Público es quien solicito lo detención o también llamado -prisión preventivo-, de modo que si el propio Ministerio Público por medio de su máximo representante en jerarquía -fiscal supremo-, solicito ante el órgano jurisdiccional, lo libertad o cese de lo detención. éste debe llegar o su fin. Siendoasí, el recurso se ampara.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Segunda Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 002592-2015, resolución del 16 de marzo de 2017. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=49d367b0-750b-4d18-a7a4-b50a86a08eb3.

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