EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002379-2015
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Segunda Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 16 de febrero de 2017
- Expediente
- 002379-2015
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Peculado.- Sentencia Nula. El artículo 159° del texto constitucional, establece que el Ministerio Público es el titular del ejercicio público de la acción penal, y tiene el deber de la carga de la prueba; bajo el Principio de la Imputación Necesaria, por ende la presentación de los cargos debe ser puntual y exhaustiva, al no advertirse ello corresponde declarar Nula la sentencia impugnada.Colusión.- Principio Acusatorio. Si el Fiscal Supremo estima justa una absolución. no es posible que el órgano jurisdiccional decida lo contrario, puesto que es el Ministerio Público, a quien le corresponde la exclusividad de la persecución penal, como titular de la acción penal.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Segunda Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 002379-2015, resolución del 16 de febrero de 2017. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=9f485b1e-4e59-4669-a36e-53b964ecab15.