EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000004-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/04/2015 · Exp. 000004-2015
cuando no se verifiquen los supuestos de procedencia contenidos en el artículo 439 del Código Procesal Penal de 2004, se declarará improcedente la demanda de revisión de sentencia.