EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001259-2014
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/09/2016 · Exp. 001259-2014
El Estado para recurrir se requiere ser parte civil y que la sentencia emitida en el juicio oral se entiende que se conoce desde que se profiere en acto público, más aun si la Procuraduría fue emplazada con la citación al juicio.