EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000363-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/08/2016 · Exp. 000363-2015
Sumilla. La consumación en el delito de robo está condicionada a la disponibilidad de la cosa sustraída, conforme con lo establecido por la Sentencia Plenaria N.° 1-2005/DJ-301-A.En el Perú no se admite la complicidad posconsumativa, por lo que, aquellas conductas subsumidas en esta modalidad de participación no merecen reproche penal.