EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001309-2014
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 20/10/2015 · Exp. 001309-2014
Es de aplicación el artículo ochenta del Código Penal de mil novecientos noventa y uno que señala que el plazo máximo de prescripción es de veinte años, por lo que su plazo extraordinario será de treinta años.