EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000380-2016
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/06/2017 · Exp. 000380-2016
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/06/2017 · Exp. 000380-2016
Existe la sindicación plural, coherente y persistente de los efectivos policiales intervinientes, corroboradas con el contenido de las actas debidamente incorporadas al proceso. Mientras que los testimonios de descargo aportados por la encausada no son suficientes y no enervan la entidad acreditativa alcanzada por los elementos probatorios incriminatorios. Por tanto, se enervó la presunción de inocencia que asistía a la…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/06/2017 · Exp. 000200-2016
El sometimiento del encausado al trámite de conclusión anticipada del debate oral es insuficiente para rebajar la pena, si en su conducta delictiva confluye la circunstancia agravante cualificada de reincidencia prevista en el artículo 46-B, del Código Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/06/2017 · Exp. 001456-2016
Al haberse evaluado adecuadamente los principios de proporcionalidad y razonabilidad jurídicos; las circunstancias concurrentes en el caso concreto; las condiciones personales de los encausados y, en lo pertinente, los demás aspectos relacionados a cuantificar la sanción punitiva, debe confirmarse la sentencia recurrida.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/06/2017 · Exp. 003150-2015
Al no haberse tomado en cuenta la pretensión alternativa del Procurador Público, debe incrementarse prudencialmente la reparación civil y fijarse un monto acorde con el daño causado y los principios que rigen para la fijación de tal concepto.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 30/05/2017 · Exp. 002862-2015
La presunción de inocencia de los encausados se desvirtúa porque fueron intervenidos por la autoridad policial en flagrancia delictiva, cuando realizaban actos de tráfico ilícito de drogas, en la modalidad agravada, por pluralidad de agentes, prevista en el inciso 6, del artículo 297, del Código Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/05/2017 · Exp. 002882-2015
Para que el Supremo Tribunal se pronuncie respecto a todos los medios impugnatorios interpuestos se precisa de la opinión del representante del Ministerio Público, ya que el Estado es el agraviado por los hechos atribuidos a los imputados.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/05/2017 · Exp. 000358-2016
Al no haberse valorado adecuadamente todas las pruebas actuadas en el proceso, corresponde anular la decisión recurrida y ordenarse un nuevo juicio oral por distinto Colegiado Superior.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/05/2017 · Exp. 003108-2015
La presunción de inocencia de la encausada se desvirtúa porque fue intervenida por la autoridad policial en flagrancia delictiva, cuando se le encontró en el baño del cuarto donde se incautaron las sustancias prohibidas.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/05/2017 · Exp. 001910-2015
(i) la presencia del imputado, como chofer, del vehículo intervenido, (ii) el decomiso de la droga oculta en caletas, (iii) el intento de soborno, (iv) el dinero que efectivamente se encontró en el vehículo, (v) la huida de su coimputado, (vi) lo irrazonable de la coartada respecto a su alegada función como mecánico que justificaría el viaje a Aucayacu, (vii…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/05/2017 · Exp. 002940-2015
Cuando concurran varios hechos punibles independientes entre sí, se sumarán las penas privativas de la libertad de cada uno hasta un máximo del doble dela pena del delito más grave, la misma que no exceda de treinta y cinco años.