EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000411-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/10/2020 · Exp. 000411-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/10/2020 · Exp. 000411-2019
Sumilla. La acción de revisión nunca puede ser susceptible de conformar una tercera instancia, ni convertirse en un modo subrepticio de reiniciar y reiterar un debate ya finiquitado mediante una sentencia firme. No está orientada a analizar presuntos vicios en la formación del juicio histórico y jurídico de las sentencias emitidas, menos sí inciden en información periférica que no altera…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 30/09/2020 · Exp. 000141-2020
Razones por las cuales MI VOTO, es porque Edith Vilma Huamán Quispe sea exonerada del pago de las costas. S. S.CASTAÑEDA OTSU
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/09/2020 · Exp. 000190-2020
La acción de revisión nunca puede ser susceptible de conformar una tercera instancia, ni convertirse en un modo subrepticio de reiniciar y reiterar un debate ya finiquitado mediante una sentencia firme. No está orientada a analizar presuntos vicios en la formación del juicio histórico y jurídico de las sentencias emitidas, menos si inciden en información periférica que no altera el…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 15/07/2020 · Exp. 000409-2019
I. El ordenamiento jurídico otorga tutela a las demandas de revisión de sentencia sustentadas en razones que se subsuman en las causales de procedencia previstas en el artículo 439 del Código Procesal Penal.II. En el presente caso no se invocó ninguna de estas causales y los fundamentos fácticos y jurídicos de la demanda tampoco tienen relación dichas causales, por…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/07/2020 · Exp. 000583-2019
La sentencia condenatoria ofrecida como prueba nueva, no tiene la entidad suficiente para enervar el juicio de culpabilidad de las sentenciadas, pues no incide en el marco fáctico de imputación probado en sede declarativa de condena. Por lo demás, aquella tampoco es contradictoria e inconciliable con la sentencia que se pretende cuestionar, pues no enjuició el mismo suceso histórico.