EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000188-2022
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 30/11/2023 · Exp. 000188-2022
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 30/11/2023 · Exp. 000188-2022
Los agravios del accionante Altemisto Córdova Román no tienen ninguna conexión con la causal invocada. Asimismo, no se advierte que el recurrente haya presentado documento que acredite que la prueba en la que se fundó el razonamiento condenatorio sea falsa. Los fundamentos planteados en la presente demanda fueron debatidos en los órganos jurisdiccionales.El recurso de revisión resulta improcedente cuando…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 30/11/2023 · Exp. 000187-2022
Los agravios del accionante Eduardo Córdova Román no tienen ninguna conexión con la causal invocada. Asimismo, no se advierte que el recurrente haya presentado documento que acredite que la prueba en la que se fundó el razonamiento condenatorio sea falsa. Los fundamentos planteados en la presente demanda fueron debatidos en los órganos jurisdiccionales.El recurso de revisión resulta improcedente cuando…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 13/04/2023 · Exp. 000255-2022
I.En la demanda de revisión formalizada JUAN ANTONIO RAÚL RAMOS RIVAS no dio cumplimiento al supuesto de hecho regulado en el artículo 439, numerales 3 y 4, del Código Procesal Penal ni a la interpretación que se realizó en esta Sede Suprema.Según se observa, no acreditó la falsedad, invalidez, adulteración o falsificación de los elementos de prueba, ni…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/03/2023 · Exp. 000352-2022
Revisión de sentencia improcedente. En la demanda se invocó la causal de procedencia prevista en el inciso 4 del artículo 439 del Código Procesal Penal, pero no se postuló ningún hecho o medio prueba nuevos, desconocidos durante el proceso penal. En realidad, los argumentos expuestos en la demanda son manifiestamente impertinentes. Por tanto, la acción de revisión se declara improcedente.