EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001104-2022
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/01/2024 · Exp. 001104-2022
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/01/2024 · Exp. 001104-2022
I. Declarar NO HABER NULIDAD en la sentencia del catorce de diciembre de dos mil veintiuno, emitida por la Octava Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, que condenó a LUIS MARTÍN CUYOTUPAC MONTUFAR, CLAUDIO LUIS CUYOTUPAC ARAUCO Y EUGENIA VICTORIA MONTUFAR MOYA, como autores del delito de lavado de activos - actos de conversión, ocultamiento y…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/04/2023 · Exp. 001183-2022
El fiscal superior cuestionó la penaimpuesta al sentenciado, por cuantoconsideró que debió ser mayor. Alrespecto, este Supremo Tribunal verifica la concurrencia de la agravante cualificada de la reincidencia. Por ello, en aplicación del principio de proporcionalidad, la pena concreta debió ser de veintidós años de privación de libertad. En ese sentido, se declara haber nulidad en el extremo de la…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/03/2022 · Exp. 000025-2020
Sumilla. La presencia de circunstancias agravantes cualificadas como la reincidencia ubican la pena en un nuevo espacio punitivo superior al que corresponde al límite máximo de la penalidad conminada. Será dentro de ese nuevo espacio que se valoraran las circunstancias que concurran en la comisión del delito.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/07/2017 · Exp. 000906-2016
En el caso de reincidencia el máximo del tipo legal se convierte en el mínimo, y sobre éste el máximo será no menor de dos tercios por encima de aquél. En el caso del robo con agravantes la conminación penal será de veinte años a treinta y tres años y cuatro meses de privación de libertad. Pero, como se trata…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/06/2017 · Exp. 001888-2015
La reincidencia opera cuando después de haber cumplido en todo o en parte una pena se comete nuevo delito doloso en un lapso que no exceda de cinco años. La pena impuesta en el caso que origina los antecedentes debe tener el carácter de efectiva.