EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000982-2024
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/01/2025 · Exp. 000982-2024
La recusación se encuentra regulada en el artículo 40 del C de PP. Ella es procedente cuando concurren los supuestos establecidos en el artículo 29 de dicho sistema normativo.En el presente caso, esta Suprema Sala Penal considera que los agravios señalados por el recurrente no son estimables. Por consiguiente, la resolución venida en grado debe confirmarse.