EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000165-2020
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/10/2020 · Exp. 000165-2020
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/10/2020 · Exp. 000165-2020
El accionante invocó la causal de revisión de sentencia referida a la existencia de una prueba nueva que acredita su inocencia; sin embargo, los fundamentos fácticos y jurídicos de la demanda no configuran dicha causal.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/09/2020 · Exp. 000297-2019
Revisión de sentencia. Sumilla. La revisión responde a una finalidad concreta: rescindir sentencias firmes de condena; y únicamente puede admitirse en aquellos supuestos previstos taxativamente en el artículo cuatrocientos treinta y nueve, del Código Procesal Penal, pues constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes y al principio de seguridad jurídica basado en la firmeza de la cosa juzgada…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 08/09/2020 · Exp. 000186-2020
ACCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIASumilla. Los argumentos del recurrente, no tienen identidad con la causal invocada, pues actuar en la lógica del accionante vulneraría el principio de la cosa juzgada, previsto en el numeral trece, del artículo ciento treinta y nueve, de la Constitución Política del Estado. Entonces, la demanda debe ser desestimada y así se declara.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/08/2020 · Exp. 000131-2020
La acción de revisión es extraordinaria y residual, no abre una tercera instancia de mérito, en la que se pueda debatir aspectos distintos a los supuestos taxativos legales descritos en el artículo 439 del CPP que, de cumplirse, permitirán la revisión de la cosa juzgada.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/07/2020 · Exp. 000388-2019
Las documentales ofrecidas como prueba nueva no tienen dicha calidad, pues ni solas ni en conexión con otras pruebas son capaces de establecer la inocencia de la condenada Porras León (principio de trascendencia). Por lo tanto, corresponde declarar el rechazo de la presente demanda que pretendía la revisión de la sentencia firme recaída en su contra.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/07/2020 · Exp. 000587-2019
Sumilla. La declaración jurada de Villata López es la proporcionada por un coimputado, y, como tal, ya declaró. Del dinero recibido y de la conducta del primero declaró la hermana del recurrente en la declaración jurada adjunta. Ambas declaraciones juradas carecen de valor probatorio. No se han prestado contradictoriamente mediante inmediación ante un juez; y, además, por el vínculo con…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/06/2020 · Exp. 000573-2019
VOTO DISCORDANTE DE LA JUEZA SUPREMA PACHECO HUANCAS, RESPECTO AL PAGO DE COSTAS
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/06/2020 · Exp. 000393-2019
La demanda se funda en haberse la sentencia basado en prueba falsa o inválida; empero, de las copias acompañadas, en que se denuncia a los fedatarios, no se evidencia la declaración de falsedad o nulidad, ni que tales documentos hubieran sido determinantes para fundar el fallo
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/06/2020 · Exp. 000375-2019
La demanda de revisión es improcedente, pues el ordenamiento jurídico no protege una revisión sustentada en motivos que no se subsumen dentro de los supuestos que la norma adjetiva establece.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/06/2020 · Exp. 000573-2019
DEMANDA IMPROCEDENTESUMILLA. Los argumentos del demandante están vinculados a pretender un reexamen de los fundamentos que llevaron al Tribunal Superior a imponerle una sentencia condenatoria, los que no son amparables conforme con la naturaleza del instituto procesal de la revisión. A ello, las documentales propuestas no tienen la entidad suficiente para ser calificadas como pruebas nuevas, conforme con las exigencias…