EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000600-2019
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/07/2020 · Exp. 000600-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/07/2020 · Exp. 000600-2019
Improcedente revisión de sentencia. Sumilla. Las dos declaraciones que acompaña no tienen la contundencia necesaria para cuestionar las sindicaciones de sus y, en especial, del propio agraviado coimputados -si se dice que el día y hora de los hechos estuvo de servicio policial, lo fundamental era presentar el informe oficial de servicio-. En estas condiciones, el petitorio de revisión es jurídicamente…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/03/2019 · Exp. 000313-2018
El impugnante invocó el inciso cuatro del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal -prueba nueva -; sin embargo este motivo de revisión está ausente pues la declaración jurada adjuntada es anterior a la sentencia del A quo. Por otro lado, el informe pericial grafotécnico adjuntado si bien es posterior a la sentencia del Ad quem, por sí solo…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/02/2019 · Exp. 000164-2018
La demanda de revisión es improcedente pues: i) no hay prueba nueva y ii) el accionante pretende un reexamen probatorio.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/06/2018 · Exp. 000074-2017
Quien plantea revisión de sentencia al amparo del inciso cuatro, del artículo cuatrocientos treinta y nueve, del Código Procesal Penal debe presentar una prueba que no se hubiese podido conocer al momento en que se dictó sentencia. El proponer elementos que se conocieron antes de la expedición de la sentencia conlleva a la improcedencia del recurso.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/10/2017 · Exp. 000038-2016
El recurrente pretende obtener un reexamen de lo decidido a nivel jurisdiccional, mediante una reevaluación de las pruebas; no obstante, esto no es objeto de la acción de revisión, puesto que al ser de carácter extraordinario, procede por causales taxativamente prevista en el artículo cuatrocientos treinta y nueve, del Código Procesal Penal. Por estas razones, en atención a que los…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 07/06/2012 · Exp. 000068-2012
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.