EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001408-2022
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/05/2023 · Exp. 001408-2022
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/05/2023 · Exp. 001408-2022
No existen datos objetivos externos que permitan corroborar la intervención de la acusada en el pretendido envío de la sustancia ilícita (clorhidrato de cocaína) atribuido. En consecuencia, no se ha enervado la presunción de inocencia de la acusada reconocida en el literal e del numeral 24 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, por lo que corresponde ratificar…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/11/2022 · Exp. 002032-2021
DECISIÓNPor estos fundamentos, los jueces y las juezas integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, ACORDARON:I. Declarar NO HABER NULIDAD la sentencia del nueve de agosto de dos mil veintiuno (foja 356), emitida por la Sala Penal de Apelaciones Transitoria de la Corte Superior de Justicia del Callao, que absolvió de…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/10/2021 · Exp. 000366-2020
La sindicación del coimputado contra el sentenciado, en el sentido de ser la persona que acondicionó la droga, no cumple con los requisitos del Acuerdo Plenario N.° 2-2005/CJ-116. Desde la perspectiva subjetiva se aprecia la existencia de una deuda o falta de cumplimiento de entrega de plantaciones (cítricos) que generó un problema previo entre ambos. Desde…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/11/2019 · Exp. 000376-2019
Insuficiencia probatoria. Las pruebas de cargo de la acusación son insuficientes para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia del procesado, por lo que debe confirmarse su absolución.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 30/01/2019 · Exp. 000882-2018
Congruencia recursali) La interposición de un recurso, exige a quien lo plantea, la proposición de fundamentos que cuestionen el razonamiento o procedimiento erróneo en el que incurrió el Tribunal de origen, ii) La recapitulación o mención a declaraciones ya valoradas, sin la precisión del mérito trascendente para su revocación, hace insubsistente el planteamiento de impugnación.