EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002394-2023
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/05/2026 · Exp. 002394-2023
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/05/2026 · Exp. 002394-2023
ACCESO EXCEPCIONAL EL TEMA NO ES RELEVANTE. INADMISIBLE SIN COSTAS
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 28/02/2025 · Exp. 000460-2023
El artículo 430, numeral 3, del CPP exige que, en la casación excepcional, se invoque y se fundamente la causal, así como el desarrollo de la doctrina jurisprudencial. En este caso, el recurrente omitió dicho deber. Además, en sede ordinaria, pudo controvertir el alcance y la forma de pago de la reparación civil, no solo su cuantía, lo que no…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/10/2024 · Exp. 002471-2022
Inadmisibilidad del recurso de casación Resulta evidente la falta manifiesta de argumentos claros y concretos en el recurso de casación propuesto; de modo que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 430, inciso 3, del Código Procesal Penal y la facultad discrecional que posee esta instancia como garante de principios, derechos, bienes y valores constitucionales, y última instancia de…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/08/2024 · Exp. 001868-2022
El recurso de casación planteado no ha sustentado debidamente la causal casacional alegada, por lo que corresponde declarar su inadmisibilidad, de conformidad con el artículo 428, numeral 2, literal a), del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/08/2024 · Exp. 002974-2023
El recurso de casación planteado no ha sustentado debidamente la causal casacional alegada, y se vislumbra que las sentencias precedentes han sido justamente motivadas; por tanto, corresponde declarar la inadmisibilidad del recurso, de conformidad con el artículo 428, numeral 1, literal a), y el articulo 430 numeral 3 del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 28/09/2023 · Exp. 000500-2022
De la revisión de la recurrida se advierte que se ha seguido el debido proceso y se han respetado los procedimientos y precedentes jurisprudenciales correspondientes; asimismo, sus argumentos son claros, definidos y coherentes. Por tales razones, dicha resolución no contiene defectos que justifiquen un recurso de casación. En ese sentido, corresponde desestimar el recurso defensivo presentado por el encausado.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/09/2023 · Exp. 002695-2022
De la revisión de la sentencia recurrida se advierte que, procedió respetando el debido proceso y los lineamientos procesales y jurisprudenciales correspondientes, y sus argumentos son claros, definidos y coherentes, razones por las que dicha resolución no tiene defectos que justifiquen un recurso de casación. En tal sentido, corresponde rechazar el recurso defensivo presentado por el encausado.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 28/08/2023 · Exp. 001523-2022
El recurso de casación planteado no ha sustentado debidamente la causal casacional alegada, por lo que corresponde declarar la inadmisibilidad del recurso, de conformidad con el artículo 428, numeral 1, literal a), del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/08/2023 · Exp. 002364-2021
De la revisión de la sentencia recurrida se advierte que, procedió respetando el debido proceso y los lineamientos procesales y jurisprudenciales correspondientes, y sus argumentos son claros, definidos y coherentes, razones por las que dicha resolución no tiene defectos que justifiquen un recurso de casación. En tal sentido, corresponde rechazar el recurso defensivo presentado por el encausado.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 11/08/2023 · Exp. 002050-2021
De la revisión de la sentencia recurrida no se advierte que el órgano jurisdiccional haya incurrido en algún defecto de motivación; al contrario, procedió respetando el debido proceso y los lineamientos procesales. Finalmente, se observa que el recurrente no cumplió con justificar debidamente su recurso de casación, pues plantea un reclamo en cuanto a la interpretación del término; &", que…