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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000131-2016

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
21 de marzo de 2017
Expediente
000131-2016
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

El delito de peculado. Sumilla. En el delito de peculado en la modalidad de utilización no es necesario que se practique una pericia contable para establecer el perjuicio patrimonial que se causó al Estado (que se requiere cuando se trata de la modalidad de peculado por apropiación), pues se sanciona al agente por usar el bien de la administración pública ilegalmente (y sin el ánimo apropiatorio), independientemente de la producción de un perjuicio patrimonial. Constituye un presupuesto de imputación a título de autor, que exista una relación funcional entre el agente infractor del delito (funcionario o servidor público) y el objeto apropiado o utilizado. Ese deber extrapenal del funcionario o servidor público que lo vincula con la administración o custodia de los caudales o efectos tiene que estar contenido en la ley o reglamentos de corte administrativo, pues es indispensable que esa competencia funcionarial se encuentre plasmada para establecer la titularidad de dicha esfera.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Casación N.º 000131-2016, resolución del 21 de marzo de 2017. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=fdd9b2e3-1a4e-4c91-9ca3-15d44d7a348b.

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