EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000919-2020
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 14 de junio de 2023
- Expediente
- 000919-2020
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
El juez superior Sarmiento Núñez era el presidente del Colegiado; sin embargo, la sentencia no fue firmada por él; es decir, en este caso no se debatió la sentencia entre los 3 jueces para arribar a la decisión final, conforme al artículo 288 del Código de Procedimientos Penales que establece que la sentencia será firmada por los tres miembros del Tribunal Correccional. Si hay votos singulares, se harán constar a continuación; esta disposición está en armonía con lo previsto en el artículo 141 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que regula que en las Salas Penales se requiere de dos votos conformes para hacer una resolución, tratándose de las que ponen fin a la instancia; sin embargo, los votos incluso los singulares y discordantes, deben emitirse por escrito, con firma de su autor, lo que no ha sucedido en el presente caso. Entonces, se concluye que la pieza jurídica que pone fin a la relación jurídica procesal penal carece de validez.
Documento oficial
La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.
Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000919-2020, resolución del 14 de junio de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b609f75d-88b6-4278-8263-2a6fbdc105d6.