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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 002469-2022

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
30 de octubre de 2025
Expediente
002469-2022
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

De conformidad con el artículo 393 del CPP, el juez penal solo puede utilizar para la deliberación las pruebas incorporadaslegítimamente al juicio, de modo que queda proscrito el empleo de cualquier otro elemento que no haya formado parte de la actividad probatoria. Además, la admisión de oficio de un medio de prueba deviene en una actuación excepcional para el conocimiento de los hechos, en cuanto resulte manifiestamente necesario.En este caso, el recurrente alegó la ausencia de valoración por parte del órgano jurisdiccional sobre sus medios de prueba; sin embargo, estos no fueron ofrecidos de forma oportuna ni actuados en el debate. Por tanto, sus agravios carecen de fundamento.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002469-2022, resolución del 30 de octubre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=aae56a5b-e358-4750-abb1-8a7ddfa84eaf.

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