Saltar al contenido
JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD

Recurso de Nulidad N.º 001890-2018

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
29 de enero de 2019
Expediente
001890-2018
Tipo de recurso
Recurso de Nulidad
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

SUMILLA. El artículo ciento treinta y nueve, inciso tres, de la Constitución establece que la observancia del debido proceso es un derecho de todo justiciable y principio de la función jurisdiccional. Nuestra jurisprudencia establece que tal derecho admite dos dimensiones: una formal, procesal o procedimental, y otra de carácter sustantivo o material. En la primera, está concebido como un derecho continente que abarca diversas garantías y reglas (que, a su vez, son derechos parte de un derecho mayor con una estructura compuesta o compleja), que garantizan un estándar de participación justa o debida durante la secuela o desarrollo de todo tipo de procedimiento o proceso (sea judicial, administrativo, corporativo particular o de cualquier otra índole). En la segunda, exige que los pronunciamientos o resoluciones con los que se pone término a todo tipo de proceso respondan a un referente mínimo de justicia o razonabilidad, determinado con sujeción a su respeto por los derechos y valores c

Documento oficial

Abrir en otra pestaña ↗

La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.

Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 001890-2018, resolución del 29 de enero de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=07298411-11f6-46a0-a47b-4bb47e9025ca.

Recurso de Nulidad N.º 001890-2018 · JusWeb