EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000427-2026
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/09/2026 · Exp. 000427-2026
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/09/2026 · Exp. 000427-2026
Los supuestos concretos en los que se puede aplicar la sustitución de pena (teniendo como base el principio de retroactividad benigna) solo son aplicables cuando: a)El legislador o el Poder Ejecutivo, a través de facultades delegadas, emite una ley o Decreto Legislativo en donde se establece que el hecho sancionado en una norma anterior deja de ser punible (lo…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/07/2026 · Exp. 000527-2025
El Tribunal Supremo concluye que elestándar probatorio exigido para condenar ha sido superado, configuración que ha sido, a suvez, debidamente, sustentada; a partir de la fiabilidad establecida de los testimonios, la hipótesis del Ministerio Público no solo tiene capacidad explicativa razonable sobre el hecho,sino que tiene aptitud plena para rebatir la hipótesis alternativa que fue planteada por las defensas…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/06/2026 · Exp. 002950-2023
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/06/2026 · Exp. 001083-2025
Al cumplir la sindicación de laagraviada con las garantías de certezaestablecidas en el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116, quedó demostrada laresponsabilidad penal del imputado, en el contexto de un debido proceso; enconsecuencia, corresponde desestimar los agravios planteados por el recurrente y confirmar la condena impuesta.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/05/2026 · Exp. 000676-2025
La sindicación incriminatoria del agraviado ha sido sólida y uniforme. Describió cómo fue víctima de robo con agravante, por lo que se cumplió con los parámetros establecidos en el Acuerdo Plenario 2-2005- CJ-116.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/04/2026 · Exp. 000718-2023
En el presente caso se ha incurrido en la causal de inadmisibilidad regida por el principio de doble conforme, prescrito en el artículo 428.1.d del CPP concordante con el artículo 386.2.b, 393.1.c y la Primera disposición complementaria y final del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 07/04/2026 · Exp. 001358-2023
En el presente caso se ha incurrido en la causal de inadmisibilidad regida por el principio de doble conforme, prescrito en el artículo 428.1.d del CPP concordante con el artículo 386.2.b, 393.1.c y la Primera disposición complementaria y final del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/03/2026 · Exp. 000851-2025
No se ha realizado una valoración individual respecto a la fiabilidad de cada prueba y luego la valoración conjunta de todos los elementos de prueba, loque afecta a la motivación de la resolución impugnada.Por tales consideraciones, este Tribunal Supremo no puede ingresar a analizar el fondo del asunto por haberseincurrido en causal de nulidad prevista en el numeral 1…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/03/2026 · Exp. 000959-2025
Siguiendo la línea jurisprudencial emitida por esta suprema Corte, que dejó sentado que la Ley 30077 es una ley correctiva en relación con la Ley 30076, no es aplicable en el caso concreto la Ley 30076, del 19 de agosto de 2013, y ninguna otra, pues todas estas contemplan como pena la cadena perpetua. En tal sentido, la ley penal…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/02/2026 · Exp. 000463-2022
La Sala de Apelaciones efectuó una debida aplicación de la ley penal al determinar la sanción punitiva del sentenciado. Por tal razón, la sentencia no habría incurrido en la causal denunciada, prevista en el inciso 3 del artículo 429 del CPP. En consecuencia, corresponde no casar la sentencia de vista.