EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001739-2021
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/02/2024 · Exp. 001739-2021
1. En primer lugar, que la incautación de bienes -sea incautación instrumental (artículo 218.2 del CPP) o incautación cautelar (artículo 316.2 del CPP en concordancia con el artículo 17 de la Ley 30077)-, cuando la realiza la Policía o la Fiscalía ex officio, en flagrancia o por peligro por la demora, requiere de confirmación judicial, desde que la…