EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002222-2014
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/06/2015 · Exp. 002222-2014
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/06/2015 · Exp. 002222-2014
Las pruebas de cargo existentes son suficientes para enervar la presunción constitucional de inocencia, no hay margen para la duda objetiva o razonable. Lo expuesto en los fundamentos precedentes es definitivo.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/05/2015 · Exp. 003528-2013
Si la prueba incriminatoria invita a afirmar que existen razones opuestas equilibradas que impiden se arribe a un juicio de certeza sobre la materialidad del delito y la responsabilidad de los encausados, conllevará a que estemos ante un nivel de duda razonable.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/05/2015 · Exp. 003379-2013
Es de aplicación el principio in dubio pro reo cuando existen razones opuestas equilibradas entre sí para afirmar o negar, de manera categórica, la culpabilidad y responsabilidad del acusado, lo que deviene en inexorable la absolución.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/05/2015 · Exp. 003114-2013
Al no existir suficientes elementos probatorios que desvirtúen el principio de presunción de inocencia que asistía al encausado, corresponde absolverlo de los cargos formulados en su contra.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/05/2015 · Exp. 001655-2014
La sindicación de un testigo puede constituir fuente de prueba suficiente para sustentar un juicio de responsabilidad; sin embargo, al no haberse determinado plenamente que el objeto donde se trasladaba la sustancia ilícita era propiedad del imputado, corresponde su absolución por duda razonable.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/05/2015 · Exp. 001457-2014
Es de aplicación el principio in dubio pro reo cuando existen razones opuestas equilibradas entre sí para afirmar o negar, de manera categórica, la culpabilidad y responsabilidad del acusado; por lo que deviene en inexorable la absolución.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 13/05/2015 · Exp. 001849-2014
La retractación de la agraviada no solo ha sidootorgada en juicio oral, donde la percepción de laprueba es más rica por gozar de los principios de inmediación y contradicción, sino también ha superado satisfactoriamente las reglas y requisitos establecidos por dos Acuerdos Plenarios (W 02-2005/CJ-116 y el N° 01-2011 /CJ-116), por tanto, estaúltima versión exculpatoria…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/05/2015 · Exp. 003157-2013
Si la prueba incriminatoria invita a afirmar que existen razones opuestas equilibradas que impiden se arribe a un juicio de certeza sobre la materialidad del delito y la responsabilidad de los encausados, conllevará a que estemos ante un nivel de duda razonable.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/05/2015 · Exp. 000737-2014
Todos los informes técnicos no han logrado establecer de manera uniforme y convincente el monto de dinero presuntamente apropiado, infiriéndose en unos casos que la justificación documental de gastos fue anulada arbitrariamente por el Supervisor de Obra, lo que genera justificadas dudas acerca de una apropiación de dinero, que por imperio constitucional favorece al acusado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 30/04/2015 · Exp. 000523-2015
Los hechos fijados en el dictamen acusatorio como descripción fáctica de la imputación efectuada en contra del encausado Pedraza Choccata no han quedado corroborados con la prueba recabada en el presente caso; en efecto, de la debida contrastación de las diversas declaraciones prestadas por la menor,se concluye que esta resultacontradictoria, poco creíble ycuestionable (esto es, no cumple con las…