EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002619-2023
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/06/2026 · Exp. 002619-2023
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/06/2026 · Exp. 002619-2023
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/06/2026 · Exp. 002574-2023
I. DECLARARON BIEN CONCEDIDO, por las causales 1 y 2 del artículo 429 del CPP, el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía Superior Penal de Amazonas (foja 169) contra la sentencia de vista del 5 de julio de 2023 (foja 111), emitida por la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Chachapoyas de la Corte Superior de Justicia de…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/06/2026 · Exp. 002500-2023
Bien concedido. Los motivos de casación no solo inciden en el tipo penal imputado, sino también en todo lo relacionado con la prescripción, desde que deberá dilucidarse el dies aquo en el delito materia de análisis, lo que implica un examen casacional desde la causal de infracción de precepto material (artículo 429, numeral 3, del CPP).
EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/05/2026 · Exp. 000304-2025
Bien concedido el recurso de apelación. El auto cuestionado es apelable en mérito a lo dispuesto en el inciso 1, literal &ó la p', del artículo 416 del CPP). Además, él fue recurrido por la parte legitimada (el procesado). Asimismo, se fijó la pretensión procesal (causa de pedir y petitorio) con la presentación de los argumentos fácticos y jurídicos pertinentes…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 25/05/2026 · Exp. 001280-2023
En el recurso de casación se advierten agravios concretos y específicos, pues están vinculados a la causal 3 del artículo 429 del Código Procesal Penal. Por lo tanto, el recurso debe analizarse conforme a la mencionada causal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/05/2026 · Exp. 002103-2023
I.DECLARARON BIEN CONCEDIDO, por la causal descrita en el artículo 429, numeral 4, del CPP, el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público contra la sentencia de vista del cinco de julio de dos mil veintitrés, expedida por la Sala Penal de Apelaciones Supr. Corrupc. Func. de la Corte Superior de Justicia de Huánuco (foja 93…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 20/05/2026 · Exp. 001463-2023
I.DECLARARON BIEN CONCEDIDO el recurso de casación interpuesto por la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (foja 37) contra la auto de vista del trece de junio de dos mil veintidós (foja 25), emitida por la Sala Penal de Apelaciones de Puente Piedra de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, la cual confirmo la…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/05/2026 · Exp. 001232-2023
I.DECLARARON BIEN CONCEDIDO, por las causales descritas en el artículo 429, numerales 1 y 2, del CPP, el recurso de casación (foja 113) interpuesto por la representante del Ministerio Público contra la sentencia de vista del veintidós de marzo de dos mil veintitrés (foja 97), emitida por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/05/2026 · Exp. 001884-2023
Bien concedido el recurso de casación. Los fundamentos o argumentos del recurso de casación son compatibles con las infracciones denunciadas, respecto a la transgresión a la figura de tantum devolutum quantum appellatum. Por tanto, es de rigor examinar el caso desde las causales 1 y 2 del artículo 429 del CPP.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 28/04/2026 · Exp. 002192-2023
Bien concedido el recurso de casación por la causal del inciso 4 del artículo 429 del Código Procesal Penal. De la revisión de la sentencia de apelación en el extremo en que absolvió a RICHMAN LAURENTE QUISPE, esta Suprema Sala Penal considera que el Colegiado Superior incurrió en una manifiesta ilogicidad de la motivación.