EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002594-2015
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 15/09/2016 · Exp. 002594-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 15/09/2016 · Exp. 002594-2015
El acta de entrevista única se realizó con la presencia del fiscal, de acuerdo al artículo sesenta y dos del Código de Procedimientos Penales y si bien la menor luego no declaró, esto se hace para resguardar los derechos de la agraviada y evitar la revictimización, conforme al Acuerdo Plenario número 01-2011/CJ-116.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/09/2016 · Exp. 003402-2014
El perjuicio sexual se acredita no sólo con la partida de nacimiento del hijo de la menor, sino también con la pericia médico legal practicada a la agraviada, que da cuenta que evidencia embarazo anterior por presencia de estrías abdominales. La agraviada en la confrontación insiste en los cargos. Su versión es sólida, circunstanciada, coherente y persistente. No fluyen datos…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/06/2016 · Exp. 000668-2015
La sentencia del Tribunal Constitucional número ocho-dos mil doce y la Ley número tres mil setenta y seis · no se refieren al supuesto de hecho por el que fue condenado el recurrente, sino al inciso tres del artículo ciento setenta y tres del Código Penal, que fue modificado y contemplaba a las víctimas mayores de catorce y menores de…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 26/05/2016 · Exp. 001735-2015
El acusado trató de ocultar el estado de la menor a los funcionarios médicos, pues esto lo implicaría penalmente. Además, el único que podría haber ejercido el acto sexual contra la menor era el acusado, pues era el único hombre mayor en su domicilio.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/03/2016 · Exp. 003270-2014
La prueba actuada a lo largo del proceso penal fue suficiente para crear certeza en el Colegiado Superior; por lo que la sentencia impugnada fue emitida conforme a Ley.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/11/2015 · Exp. 003299-2014
El Tribunal de juzgamiento durante la determinación judicial de la pena concluyó que en el caso en concreto, no existía la posibilidad de aplicación de alguna circunstancia eximente o atenuante de responsabilidad penal, ni sustantiva ni procesal, menos la presunta grave alteración de la conciencia, desvirtuada con un dictamen pericial de química forense.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/11/2015 · Exp. 001567-2015
Cuando la versión de la menor agraviada sindicando al presunto autor del ilícito penal imputado, cumple con las garantías de certeza establecidas en el Acuerdo Plenario 2- 2005/CJ-116 -ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud, persistencia en la incriminación corroborada con la compulsa de elementosprobatorios adicionales que concurren concomitantemente; queda enervada la presunción de inocencia del encausado con que ingresa…
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Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/10/2015 · Exp. 002374-2014
La declaración incriminatoria de la agraviada debe ser corroborada con otros medios probatorios para emitir condena.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/10/2015 · Exp. 003465-2014
El Instituto de la Conclusión Anticipada, no conlleva a reducir automáticamente la pena privativa de libertad por debajo del mínimo legal, pues el Tribunal retiene su potestad de fijarla, conforme a los principios de proporcionalidad y razonabilidad, además, el monto de la reparación civil impuesto guarda proporcionalidad con la afectación física y moral causado a la menor de edad.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 29/09/2015 · Exp. 003224-2014
El delito de violación sexual tiene como prueba fundamental la declaración de la agraviada, que deberá ser valorada en el marco establecido por el Acuerdo Plenario Nº 2 - 2005/ CJ-116, resultando ésta una prueba irrefutable que cobra mayor fuerza al ser acompañada de datos objetivos periféricos.