EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000016-2017
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/04/2018 · Exp. 000016-2017
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/04/2018 · Exp. 000016-2017
La demanda de revisión resulta improcedente cuando los agravios planteados constituyen, en puridad, una revaloración de la prueba ya incorporada y valorada oportunamente en el juicio, pues la función del juez es correlacionar la misma con los nuevos elementos probatorios, con el fin de apreciar si el resultado del análisis modifica el sentido de la decisión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 07/04/2017 · Exp. 000003-2016
Sumilla. La revisión responde a una finalidad concreta: rescindir sentencias firmes de condena; y únicamente puede admitirse en aquellos supuestos previstos taxativamente en el artículo 439, del Código Procesal Penal, pues constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes y al principio de seguridad jurídica basado en la firmeza de la cosa juzgada.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/03/2017 · Exp. 000336-2016
Es improcedente la demanda de revisión si la causal invocada es manifiestamente insubsistente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/03/2017 · Exp. 000138-2016
Es improcedente la demanda de revisión si la causal da es manifiestamente insubsistente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/05/2016 · Exp. 000207-2015
La demanda de revisión de sentencia debe desestimarse, en tanto los fundamentos fácticos alegados por el recurrente en su demanda de revisión no se ajustan a la causal prevista en el apartado cuatro, del artículo cuatrocientos treinta y nueve, del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/01/2015 · Exp. 000092-2014
Es improcedente la demanda de revisión planteada por el recurrente si no se verifica la causal invocada en el acto postulatorio, de conformidad con lo previsto en el inciso 6, del artículo 427, del Código Procesal Civil.