EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000579-2021
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/03/2022 · Exp. 000579-2021
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/03/2022 · Exp. 000579-2021
Improcedencia de la acción de revisión de sentencia. La acción de revisión es improcedente cuando no se acredita la causal invocada; en caso de que se invoque la causal establecida en el numeral 2 del artículo 439 del Código Procesal Penal, debe acreditarse la triple identidad, el mismo sujeto procesado, la identidad del hecho punible y de fundamento, así como que…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/10/2021 · Exp. 000235-2019
Revisión de sentencia improcedente. Sumilla. Examinada la demanda desde esa perspectiva, se advierte que el recurrente no cumplió con relacionar congruentemente los hechos que expone con la causal que invoca, conforme le exige el artículo 441, numeral 1, literal b, del Código citado. En ese sentido, este Tribunal Supremo verifica que la postulación esgrimida por el sentenciado Oscar Emilio Calsina Cahua…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/07/2021 · Exp. 000009-2021
Revisión de sentencia improcedente. Sumilla. Esta Sala Suprema advierte que el sentenciado Alejandro Chamorro Pantoja no cumplió con la causal estipulada en el artículo 439, numeral 4, del Código Procesal Penal. No se verifica que el sentenciado haya aportado nuevos hechos o medios de pruebas conocidos después de la sentencia; por el contrario, los argumentos que esgrime como sustento de su…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/04/2018 · Exp. 000088-2017
. La procedencia de la demanda de revisión de sentencia requiere que el recurrente presente nuevos elementos probatorios que enervan o cuestionen la responsabilidad del sentenciado. Contrario sensu, su recurso se declarará improcedente.