EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000452-2023
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/04/2024 · Exp. 000452-2023
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/04/2024 · Exp. 000452-2023
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/10/2023 · Exp. 001391-2022
La versión exculpatoria que presenta ladefensa adolece de falta de credibilidad ycoherencia frente a los medios probatoriosactuados, tales como las declaraciones delos agraviados y testigos presenciales que,acompañadas de actuacionesinobjetables, sustentan con la debidasuficiencia la construcción jurídica de laculpabilidad. No son de recibo los agraviosplanteados por la defensa.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/07/2023 · Exp. 002841-2021
Los hechos declarados probados están referidos a la comisión de un robo agravado. El material probatorio consta de prueba documental -acta de recepción de protector del celular-; de prueba pericial; de prueba material -captura de pantalla de la conversión del grupo de wasap &lar negro-.La" que consta usaba el celular robado-; y, de prueba personal -declaración del hijo…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/05/2023 · Exp. 000437-2022
El contexto de flagrancia delictiva, debidamente acreditado, acompañado de actuaciones inobjetables (pruebas preconstituidas) y declaraciones que constituyen prueba personal,sustentan con la debida suficiencia la construcción jurídica de la culpabilidad. No son de recibo los agravios planteados por la defensa.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/04/2023 · Exp. 000844-2022
El razonamiento probatorio que sustentó la declaración de condena en contra del encausado se encuentra asentada en múltiples e importantes pruebas personales y documentales que acreditan la materialidad del delito, así como la responsabilidad penal del recurrente. Dichas pruebas, adecuadamente valoradas en la sentencia recurrida, descartan la posibilidad de amparar un recurso impugnatorio defensivo.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/04/2023 · Exp. 002192-2021
1. El recurso de casación no permite una revisión autónoma del material probatorio disponible, solo autoriza a examinar, respecto de la quaestio facti, si se vulneró algún precepto que integra el derecho probatorio. Desde la garantía de presunción de inocencia, dado que ya se cumplió con el doble grado de jurisdicción, solo es posible controlar si el órgano jurisdiccional utilizó…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/03/2023 · Exp. 001640-2021
El relato incriminador de los coimputados sobre la intervención dolosa de la recurrente cumple con las garantías de certeza establecidas en el Acuerdo Plenario N.° 2-2005/CJ-116 -desde la perspectiva subjetiva, objetiva, coherencia y solidez del relato-, que justifican la decisión condenatoria.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/03/2023 · Exp. 000646-2022
Si bien el procesado pretende desvincularse del objeto del delito ensayando alegaciones de defensa; lo cierto es que se ha verificado que durante el juicio se han actuado pruebas de cargo que lo vinculan a la posesión de dicho bien al momento de su detención. Existen dos versiones incriminatorias uniformes y un acta de registro personal cuyo valor probatorio, a…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/03/2023 · Exp. 000576-2022
La prueba de cargo válidamente actuada en el decurso del juicio oral es suficiente para enervar la presunción de inocencia del acusado, por lo que la sentencia condenatoria se emitió conforme a ley.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/03/2023 · Exp. 000558-2022
Suficiencia para condenar Sumilla. La fuente de incriminación contra el encausado es la sindicación de la agraviada, la misma que se ha verificado que cumple con las garantías de certeza establecidas en el Acuerdo Plenario N.° 2-2005/CJ-116, referidas a: la ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia en la incriminación.