EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000343-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 30/11/2015 · Exp. 000343-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 30/11/2015 · Exp. 000343-2015
i) Cuando se trate de una decisión no definitiva, la única manera de acceder al Tribunal de casación es invocar la casación excepcional.ii) En el supuesto de motivación no se debe confundir denuncia de motivación errónea con denuncia de motivación constitucionalmente defectuosa.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/11/2015 · Exp. 000347-2015
Se requiere que el impugnante enlace de modo coherente los defectos, errores, vulneraciones, afectaciones, omisiones e irregularidades que supuestamente detecta en la sentencia, con las causales descritas para la admisión del recurso de casación, pues no basta con expresar agravios en forma genérica, puesto que el Supremo Tribunal no se convierte en una tercera instancia.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 28/05/2015 · Exp. 000779-2014
lnadmisibilidad de los recursos de casación por no sustentarse en las causales previstas en el artículo 429° del Código. Procesal Penal, sino tan solo limitarse a cuestionar la valoración de la prueba y razonamiento jurídico realizado en segunda instancia.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/04/2015 · Exp. 000645-2014
El recurso de casación no está destinado a la valoración de medios probatorios actuados y valorados por la Sala Penal de Apelaciones, por tanto, los cuestionamientos en dicho sentido atentan contra su naturaleza y fines.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/04/2015 · Exp. 000644-2014
En cuanto a la pena impuesta a los encausados Sifuentes Zavaleta y Piérola Novoa, se advierte que esta ha sido fijadadentro de los parámetros legales que regula el artículo doscientos noventa y seis del Código Penal, por lo que no es posiblecuestionar el criterio punitivo aludido, tantomás si no se advierte arbitrariedad o falta de rigurosidad o análisis al respecto…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/02/2015 · Exp. 000418-2014
Los fundamentos en los que se sustenta el recurso de casación promovido, en rigor. constituyen argumentos dedefensa y en el propósito de tratar de forzar la admisión del recurso, los casacionista temerariamente alegan laconcurrencia de algunas causales, por lo que resulta manifiestamente inadmisible