EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001235-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/05/2019 · Exp. 001235-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/05/2019 · Exp. 001235-2018
Robo agravadoI.Las declaraciones uniformes, coherentes, persistentes y no contradictorias de los agraviados Mario Augusto Dávila Aguinaga, Yacob Gian Mekler Ramos, Raquel Scheneider Gross y Daphne Krystle Amado de Olazábal, quienes no tenían motivos para formular cargos infundados, en confluencia con los medios de prueba de naturaleza documental, pericial y personal documentada, son suficientes para concluir que la responsabilidad penal…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 27/08/2018 · Exp. 001858-2017
En el presente caso se ha formado convicción acerca de la culpabilidad del procesado, para lo cual se ponderaron los medios de prueba recabados en el presente proceso, en consonancia con los agravios expuestos en el recurso de nulidad planteado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/12/2016 · Exp. 001464-2016
En el caso sub exámine, las pruebas que fueron incorporadas en el curso del proceso, donde se respetaron los principios que regulan la actividad probatoria, alcanzan convicción y certeza a este Supremo Colegiado, respecto a la responsabilidad de los procesados.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/08/2016 · Exp. 001663-2015
En el caso sub exámine, las pruebas que fueron incorporadas en el curso del proceso, donde se respetaron los principios que regulan la actividad probatoria, alcanzan convicción y certeza a este Supremo Colegiado, con relación a la responsabilidad de los procesados.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/07/2016 · Exp. 000816-2014
Conclusión anticipada y determinación de la penaSUMILLA. El sometimiento de los imputados a la conclusión anticipada del debate oral es insuficiente para disminuir sus penas, si en su conducta delictiva confluye un concurso real de delitos y pluralidad de circunstancias agravantes.