EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 003539-2013
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/03/2015 · Exp. 003539-2013
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/03/2015 · Exp. 003539-2013
La reparación civil comprende la deuda tributaria impaga, expresión de una obligación legal fijada por la legislación tributaria, las multas y los intereses.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/03/2015 · Exp. 003592-2013
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/03/2015 · Exp. 000131-2014
Es un delito instantáneo de efectos permanentes y, su consumación se entiende perpetrada en el momento en que, en el plazo legalmente previsto, no se entrega a la autoridad tributaria el monto de las retenciones correspondientes. No es un delito contra el patrimonio del Estado, pues lo que se tutela es la expectativa de que el Estado reciba los ingresos…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/03/2015 · Exp. 003176-2013
La pena impuesta no cumplió con los criterios establecidos en el Acuerdo Plenario N.° 5-2008/CJ-116, pero no puede incrementarse debido a que se vulneraría la prohibición de la reformatio in peius.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/01/2015 · Exp. 002054-2013
Las facturas emitidas por elencausado Omar Giovanni Mavila Reyes a su coprocesado eran producto de ventas ficticias giradas con el único fin de facilitar ilícitamente la obtención del crédito fiscal a favor de este, por lo tanto esta debidamente acreditada su colaboración para la ejecución del presente delito
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/01/2015 · Exp. 003253-2013
La reparación civil se encuentra constituida por la restitución del bien o, si no es posible, el pago de su valor; además por la indemnización de los daños y perjuicios.