EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001687-2021
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/05/2023 · Exp. 001687-2021
1. El artículo 1985 del Código Civil estipula que la indemnización comprende las consecuencias que deriven de la acción u omisión generadora del daño, el lucro cesante, el daño a la persona y el daño moral. Su monto devenga intereses legales desde la fecha en que se produjo el daño. Se sigue, además, la noción de reparación integral. Por consiguiente…