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JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 001687-2021

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
3 de mayo de 2023
Expediente
001687-2021
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. El artículo 1985 del Código Civil estipula que la indemnización comprende las consecuencias que deriven de la acción u omisión generadora del daño, el lucro cesante, el daño a la persona y el daño moral. Su monto devenga intereses legales desde la fecha en que se produjo el daño. Se sigue, además, la noción de reparación integral. Por consiguiente, le son imputables al autor del hecho las consecuencias inmediatas y mediatas de su conducta antijurídica. 2. El daño patrimonial está formado por dos categorías: daño emergente y lucro cesante. El primero es la pérdida patrimonial efectivamente sufrida (que en el presente caso asciende a diecisiete mil ochocientos ochenta y cinco soles con sesenta céntimos: monto de lo apropiado ilícitamente).

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001687-2021, resolución del 3 de mayo de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=9cfe1c43-9c6f-48a5-9026-7a90082c443e.

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