EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001789-2019
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/09/2020 · Exp. 001789-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/09/2020 · Exp. 001789-2019
Vulneración del derecho a la motivación de resoluciones judiciales de los sujetos procesalesI. La argumentación de una decisión judicial debe mostrar que los alegatos de los sujetos procesales fueron tomados en cuenta y que se valoraron, de forma individual, conjunta y razonada, todas las pruebas actuadas, observando las reglas de la lógica, la ciencia y las máximas de la experiencia…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/07/2020 · Exp. 001273-2019
Tras haberse valorado los elementos incorporados, absuelto los agravios del recurrente y desvirtuado con las pruebas de cargo la presunción de inocencia que lo acogía, corresponde declarar no haber nulidad en la condena y reformar solo el extremo del plazo de la inhabilitación impuesta (por un criterio de equivalencia).
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/03/2020 · Exp. 002080-2019
De la revisión de los recursos de nulidad presentados por los procesados consta que sus agravios no tienen asidero, la sindicación del agraviado fue debidamente corroborada con prueba testimonial y pericial y se destruyó el principio de presunción de inocencia.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/03/2020 · Exp. 001986-2019
El principio de presunción de inocencia que acogía al procesado fue destruido por los elementos de cargo, en consecuencia corresponde declarar no haber nulidad en la sentencia recurrida.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/02/2020 · Exp. 001757-2019
De la revisión del recurso de nulidad presentados por los procesados consta que sus agravios no tienen asidero, la sindicación del agraviado fue debidamente corroborada con prueba testimonial y se destruyó el principio de presunción de inocencia que lo acogía.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/07/2019 · Exp. 001981-2018
Nulo el concesorio e inadmisible la casación interpuesta El recurso interpuesto carece de fundamento para sustentar la vulneración de los derechos que invoca el accionante; por tanto, no cumple con el requisito de admisibilidad que se indica en el artículo 428.2.a del NCPP.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 05/04/2019 · Exp. 001597-2018
Los recursos de casación devienen en inadmisibles al no haberse cumplido acabadamente con lo establecido en el artículo 430, inciso 3 del Código Procesal Penal y con la doctrina establecida en la Queja N.° 123-2010/La Libertad, y el Auto de calificación del Recurso de Casación N.° 165-2010/Lambayeque.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/09/2018 · Exp. 001341-2017
El motivo de casación carece manifiestamente de fundamento razonable. En principio, se trata de la valoración de prueba por indicios. Es de destacar, analizando las sentencias de instancia, que el Tribunal Superior no vulneró el principio de inmediación de la prueba testifical pues no varió el relato de los testigos ni los tergiversó, solo estimó que varios datos indiciarios no…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 20/08/2018 · Exp. 000590-2018
Los motivos de casación carecen manifiestamente de fundamento razonable. La igualdad exige que si los casos son idénticos, el tratamiento legal debe ser el mismo para todos. Tratándose de penas distintas a distintos acusados, se requiere, primero, del mismo proceso, y, segundo, que concurran los mismos condicionamientos jurídicos -circunstancias atenuantes o agravantes, causales de disminución o incremento de punibilidad, y…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/08/2018 · Exp. 001502-2017
La prueba es directa -no indiciaria- y la corroboración en aspectos periféricos externos del testimonio incriminador de la niña se sustenta en prueba pericial. No es de recibo cuestionamientos a la valoración probatoria para la determinación de la questio facti. La racionalidad y razonabilidad de la motivación es patente.