EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000610-2022
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/11/2024 · Exp. 000610-2022
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/11/2024 · Exp. 000610-2022
Improcedencia de la demanda de revisiónI. Se aprecia que los argumentos esgrimidos sobre esta causal (prueba nueva) se limitan a cuestionar la valoración de la prueba y a indicar errores en la valoración de esta, pero no se señala la existencia de prueba nueva que acreditaría su inocencia; tampoco se explica de modo patente en qué consiste esta o cómo…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/11/2023 · Exp. 000164-2022
Título. Demanda de revisión improcedente. Sumilla: La contundencia de las pruebas de cargo en modo alguno, y de plano, no pueden ser enervadas por una pericia de parte, que no ha tomado en consideración la prueba personal, material y pericial que sustentó la condena, suficientes para enervar la presunción constitucional de inocencia.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 11/02/2021 · Exp. 000299-2020
Prueba Nueva La prueba nueva ofrecida en una demanda de revisión de sentencia debe reunir las características de: temporalidad, oportunidad y trascendencia,
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/02/2021 · Exp. 000172-2020
Al provenir la sentencia materia de revisión de un proceso inmediato, donde el demandante en aquella oportunidad debidamente asesorado prestó su conformidad aceptando los cargos, no procede la demanda de revisión.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/10/2019 · Exp. 000018-2019
REVISIÓN DE SENTENCIASUMILLA. El demandante invoca la causal del numeral seis, del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal; sin embargo, no acreditó que la norma que sustentó la sentencia, sea declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional o inaplicable por la Corte Suprema.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/07/2019 · Exp. 000343-2018
REVISIÓN DE SENTENCIASumilla. El demandante invocó las causales de los numerales tres y cuatro, del artículo cuatrocientos treinta y nueve, del Código Procesal Penal; sin embargo, no acreditó cual es el elemento de prueba apreciado como decisivo en la sentencia, que carece de valor probatorio por falsedad, invalidez, adulteración o falsificación. Tampoco, acreditó la existencia de elemento probatorio, no conocido…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/03/2019 · Exp. 000113-2017
IMPROCEDENCIA DE LA REVISIÓN DE SENTENCIASumilla. La causal invocada presenta dos exigencias para su configuración: primero, la presencia de prueba nueva, no conocida durante el juicio; y, segundo, que estas tengan la capacidad de demostrar la inocencia del sentenciado. Cuando el medio probatorio que se presenta no es capaz de lograr este fin, la demanda debe ser declarada improcedente por…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/06/2018 · Exp. 000366-2017
Las pruebas propuestas por la recurrente no califican como novedosas en el sentido del inciso cuatro del artículo cuatrocientos treinta y nueve del NCPP.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 07/06/2018 · Exp. 000200-2018
Es improcedente la demanda de revisión de sentencia que invoca como nuevas pruebas diversas declaraciones juradas, instrumentos en los que, en reiterada jurisprudencia, se insiste, mas no constituyen medios idóneos para demostrar la inocencia del sentenciado.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/03/2017 · Exp. 000258-2015
Improcedencia de la demanda de revisión de sentencia. Sumilla. La demanda de revisión de sentencia debe desestimarse, en tanto los fundamentos fácticos alegados por el recurrente en su demanda de revisión no se ajustan a la causal prevista en el apartado cuatro, del artículo cuatrocientos treinta y nueve, del Código Procesal Penal.