EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000159-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 07/08/2015 · Exp. 000159-2015
La revisión responde a una finalidad concreta: rescindir sentencias firmes de condena; y únicamente puede admitirse en aquellos supuestos previstos taxativamente en el artículo 439, del Código Procesal Penal, pues constituye una excepción a la inmutabilidad de las sentencias firmes y al principio de seguridad jurídica basado en la firmeza de la cosa juzgada.