EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000407-2015
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 30/10/2015 · Exp. 000407-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 30/10/2015 · Exp. 000407-2015
Cuando declara un coimputado sobre un hecho de otro coimputado, y que a la vez se· trata de hechos propios ya que ellos mismos los han cometido conjuntamente, por lo que su condición no es asimilable a la del testigo, aun cuando es de reconocer que tal testimonio puede ser utilizado para formar la convicción judicial. Corresponde valorar varias circunstancias…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/10/2015 · Exp. 002507-2014
La prueba actuada a lo largo del proceso penal es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que asistió al inculpado; por lo que la sentencia impugnada fue emitida conforme a Ley.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/09/2015 · Exp. 000589-2015
1. Aun cuando corresponda la disminución de hasta un séptimo de la pena concreta, y más allá incluso de la pena solicitada por el Fiscal es evidente que las penas incluso debieron ser más intensas, pero por respeto del principio de interdicción de la reforma peyorativa no es posible incrementarlas. 2. Se tiene que a los efectos impugnativos prima la…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/09/2015 · Exp. 002174-2014
En los supuestos de conformidad procesal, la pena podrá graduarse entre un séptimo o menos de la pena que correspondería imponérsele al imputado por el delito que cometió.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 13/08/2015 · Exp. 000638-2015
En atención a la gravedad de los hechos, este Supremo Tribunal considera que la sanción debió ser mayor, empero, no es del caso entrar a un análisis sobre algún supuesto de incremento punitivo, pues ello no es posible al no haber recurrido la sentencia el representante del Ministerio Público, por lo que en virtud del principio de la no reforma…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/08/2015 · Exp. 000028-2014
Interdicción de la reforma peyorativa Sumilla. Por imperio del artículo trescientos, del Código de Procedimientos Penales, que reconoce el principio non reformatio in peius, no procede incrementar la dimensión de la pena impuesta al procesado cuando el señor Fiscal Superior consintió la sentencia, al no haber formulado recurso impugnativo.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/07/2015 · Exp. 000467-2015
La sindicación del agraviado adquiere solidez al reiterarla en el Plenario, contrarrestando la coartada del encausado en el sentido que cumplió su rol de taxista, desvirtuándose la presunción de inocencia con la cual ingresó el procesado al escenario procesal.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/07/2015 · Exp. 002729-2014
Por imperio del artículo 300 del Código de Procedimientos Penales, que reconoce el principio non reformatio in peius, no procede incrementar la dimensión de la pena impuesta al procesado cuando el representante del Ministerio Público consintió la sentencia, al no haber formulado recurso impugnativo.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/07/2015 · Exp. 000911-2015
Nuestro Código Penal peruano de 1991, vigente hasta la actualidad, ha tenido dos sistemas de determinación judicial de la pena, siendo el primero un sistema genérico, donde cada circunstancia podía ser interpretada como atenuante o agravante, en el caso concreto, teniendo el Juzgador un amplio margen para dosificar la pena; y, el segundo regido por el sistema de tercios, donde…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/07/2015 · Exp. 002226-2014
La manifestación uniforme, coherente y verosímil del agraviado constituye prueba suficiente para sustentar una condena.