EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000824-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 23/05/2018 · Exp. 000824-2018
Sumilla. El delito de homicidio se consuma cuando se produce la muerte de la víctima. Los actos realizados después del deceso no son actos ejecutivos de este tipo penal. Su realización por la creencia errónea de que la víctima sigue viva constituye tentativa inidónea no punible, prevista en el artículo decimoséptimo del Código Penal.