EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001269-2022
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 31/05/2023 · Exp. 001269-2022
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 31/05/2023 · Exp. 001269-2022
La determinación judicial de la pena alude a un procedimiento técnico y valorativo cuya función esencial es servir al órganojurisdiccional para llevar a cabo laindividualización de las sanciones penales.En ese análisis cognitivo el juzgador también debe observar las causales de disminución de punibilidad y las reglas de bonificación procesal.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/05/2023 · Exp. 000940-2022
Prohibición de la reforma peyorativa. Al ser el sentenciado conformado el único recurrente, no se puede modificar el quantum punitivo en su perjuicio, en mérito a la aplicación del principio de interdicción de la reforma peyorativa.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 23/03/2021 · Exp. 000310-2020
No es posible cambio de penalidad alguna en atención al principio de interdicción de la reforma peyorativa en ninguno de los dos casos. En el primer caso el Tribunal Superior no aceptó la agravante de segundo grado lesiones a la integridad física de la víctima, mientras que en el segundo caso, si bien es cierto que el Tribunal Superior calificó…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/05/2019 · Exp. 000920-2018
Sumilla. La prohibición de reforma peyorativa impide que este Supremo Tribunal pueda incrementar, conforme a derecho, la pena impuesta en perjuicio del condenado, cuando éste haya sido el único recurrente; máxime, sí además, en el caso sub judice no concurren causales de disminución de punibilidad que posibiliten aplicarle una reducción aún menor a la impuesta.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/02/2019 · Exp. 002278-2018
Sumilla. La pena impuesta por la Sala Superior resulta benigna, frente a la determinada por esta Sala Suprema. Sin embargo, el acusado fue el único que recurrió contra la sentencia, por lo que no se puede agravar la pena impuesta, en mérito al principio non reformatio en peius (prohibición de reforma peyorativa), garantía del debido proceso implícita en nuestro texto…