EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Consulta N.º 015852-2014
Corte Suprema · Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente · 22/10/2015 · Exp. 015852-2014
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Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente · 22/10/2015 · Exp. 015852-2014
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EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente · 22/10/2015 · Exp. 014401-2014
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EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/10/2015 · Exp. 000047-2014
La Procuraduría Pública no esgrimió agravios hasta dos días antes de la vista de la causa, conforme con lo dispuesto por el Decreto Legislativo número novecientos veintitrés, por lo que corresponde dejar sin efecto la consulta y firme el auto que declaró prescrita la acción penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente · 16/10/2015 · Exp. 007330-2014
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EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente · 16/10/2015 · Exp. 007341-2014
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EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente · 16/10/2015 · Exp. 008075-2014
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EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/10/2015 · Exp. 000002-2015
Para emitir pronunciamiento respecto a la consulta elevada por la Sala Penal Superior se requiere que el Procurador Público exprese agravios en el plazo de Ley.
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/10/2015 · Exp. 000013-2015
El Procurador Público debe expresar agravios en el trámite de la consulta; de no hacerlo, corresponderá dejar sin efecto la consulta y firme la resolución que la originó.
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/10/2015 · Exp. 000011-2015
El artículo 6, del Decreto Legislativo N.° 923, establece que las resoluciones que pongan fin a la instancia serán elevadas en consulta al órgano jurisdiccional superior en grado cuando sean desfavorables al Estado; se declarará sin efecto la consulta cuando se verifique lo prescrito por el apartado seis, del artículo 4, del citado decreto.
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/10/2015 · Exp. 000056-2014
La Procuraduría Pública no esgrimió agravios hasta dos días antes de la vista de la causa, conforme con lo dispuesto por el Decreto Legislativo número novecientos veintitrés, por lo que corresponde dejar sin efecto la consulta y firme el auto que declaró prescrita la acción penal.