EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001061-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/12/2020 · Exp. 001061-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 10/12/2020 · Exp. 001061-2019
Lo que pretenden los recurrentes es que este Supremo Tribunal realice un análisis de los medios de prueba; sin embargo, ello no es admisible vía recurso de casación.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/11/2020 · Exp. 000217-2020
Todo lo que se cuestionó en apelación fue respondido razonada y razonablemente -existió prueba directa, así como declaraciones y actuaciones materiales complementarias y confirmatorias de los cargos-. La motivación de la sentencia de vista no presenta defecto constitucional alguno. No incurrió en motivación omitida, incompleta, insuficiente, impertinente, vaga o genérica, contradictoria, hipotética o irracional. Por tanto, el recurso carece manifiestamente…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 23/10/2020 · Exp. 000348-2020
Todo lo que se cuestionó en apelación fue respondido razonada y razonablemente. La motivación de la sentencia de vista no presenta defecto constitucional alguno. No incurrió en motivación omisiva, incompleta, insuficiente, impertinente, vaga o genérica, contradictoria, hipotética o irracional.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/06/2020 · Exp. 000512-2019
Sumilla. Es inadmisible el recurso de casación interpuesto por el recurrente, si en su postulación no cumplió con todas los requisitos establecidos por los artículos 405, inciso 1, y 430, inciso 3, del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/02/2020 · Exp. 000738-2019
No constituye motivo casacional que la decisión judicial no coincida con los argumentos de la defensa; por tanto, como la sentencia no incurrió en ninguna causal que justifique un recurso extraordinario, se declara su improcedencia.