EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000613-2016
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/12/2018 · Exp. 000613-2016
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/12/2018 · Exp. 000613-2016
La casación constituye un recurso extraordinario y limitado, porque su procedencia debe ser verificada por las causales taxativamente previstas en la Ley, cuyo ámbito de aplicación comprende la correcta aplicación del derecho material, la observancia de las normas del debido proceso y, sobre todo, la producción de la doctrina jurisprudencial que unifique los criterios de los tribunales de justicia. Dentro…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/12/2018 · Exp. 000107-2017
La Sala Penal del Corte Suprema declarará la inadmisibilidad del recurso cuando carezca manifiestamente de fundamentos.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/12/2018 · Exp. 000676-2018
Al no evidenciarse que la conducta de los recurrentes se subsume en el precepto legal descrito en el artículo cuatrocientos veintisiete del Código Penal (en su primer y segundo párrafos, respectivamente); la sentencia de primera instancia y la de vista incurrieron en una errónea interpretación de la Ley penal.El error en el análisis y subsunción de los hechos es…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/12/2018 · Exp. 000852-2016
a) Los requisitos de calificación de la colaboración eficaz deben ser interpretados teleológicamente y no restrictivamente. Esto es así en la medida que la naturaleza propia de la colaboración eficaz se da en un marco complejo, como lo es la operatividad y funcionalidad de grupos criminales, comprometiendo la comisión de delitos graves que afectan los sistemas económico, político y social…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/12/2018 · Exp. 000781-2018
Se declara bien concedido el recurso de casación excepcional debido a que la entidad impugnante justificó claramente el desarrollo de doctrina jurisprudencial solicitado.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/12/2018 · Exp. 000873-2018
Excepcionalmente, será procedente el recurso de casación cuando la Sala Penal de la Corte Suprema, discrecionalmente, lo considere necesario para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial. En el caso concreto, el planteamiento efectuado por el recurrente carece de interés casacional, puesto que no concurren interpretaciones contradictorias sobre la aplicación de la ley material, careciendo del fundamento respectivo.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/12/2018 · Exp. 000843-2018
El sustento del recurso no es coherente con la naturaleza de la casación, que persigue el examen constitucional o legal de alguna infracción respectiva, mas no una revaloración de la prueba actuada ni el criterio asumido por los Tribunales Superiores.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/12/2018 · Exp. 000891-2018
La admisibilidad del recurso de casación se rige por lo normado en el artículo 428 del Código Procesal Penal y en las normas concordantes del citado Código, cuyos requisitos deben cumplirse acabadamente para que se declare bien concedido. Los presupuestos objetivos para la admisibilidad del recurso de casación están señalados en el artículo 427 del Código acotado, y en autos…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/12/2018 · Exp. 000812-2018
Para la procedencia del recurso de casación se requiere que los fundamentos del recurrente no se realicen sobre la base de la revaloración probatoria, por su cognición limitada del órgano de casación.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 27/11/2018 · Exp. 000736-2018
El recurso de casación es un medio de impugnación extraordinario, que tiene tasadas las resoluciones recurribles, así como, los vicios que el recurrente puede alegar; ello significa, que la fundamentación del recurso de casación no es libre, sino vinculada a los motivos previstos legalmente