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EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA

Revisión de Sentencia N.º 000585-2021

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
2 de junio de 2022
Expediente
000585-2021
Tipo de recurso
Revisión de Sentencia
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

I.En la demanda de revisión formalizada, ABEL VILLEGAS GARCÍA no dio cumplimiento al supuesto de hecho regulado en el artículo 439, numerales 3 y 4, del Código Procesal Penal ni a la interpretación que se realizó en esta Sede Suprema.Según se observa, no acreditó la falsedad, invalidez, adulteración o falsificación de los elementos de prueba, ni propuso hechos o medios de prueba nuevos. En lugar de ello, esgrimió cuestionamientos a los hechos declarados probados y al juicio de responsabilidad penal y civil realizado por los jueces de primera y segunda instancia.Esto último no es amparable por el ordenamiento procesal penal, que establece un sistema numerus clausus sobre los presupuestos de procedencia de la demanda de revisión, y no da lugar a una nueva instancia recursal. De este modo, en observancia del principio de legalidad procesal, la demanda evaluada será declarada improcedente.

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000585-2021, resolución del 2 de junio de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=ffd77595-c923-4893-a63a-2eb1d9234a2f.

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