EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000585-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 2 de junio de 2022
- Expediente
- 000585-2021
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
I.En la demanda de revisión formalizada, ABEL VILLEGAS GARCÍA no dio cumplimiento al supuesto de hecho regulado en el artículo 439, numerales 3 y 4, del Código Procesal Penal ni a la interpretación que se realizó en esta Sede Suprema.Según se observa, no acreditó la falsedad, invalidez, adulteración o falsificación de los elementos de prueba, ni propuso hechos o medios de prueba nuevos. En lugar de ello, esgrimió cuestionamientos a los hechos declarados probados y al juicio de responsabilidad penal y civil realizado por los jueces de primera y segunda instancia.Esto último no es amparable por el ordenamiento procesal penal, que establece un sistema numerus clausus sobre los presupuestos de procedencia de la demanda de revisión, y no da lugar a una nueva instancia recursal. De este modo, en observancia del principio de legalidad procesal, la demanda evaluada será declarada improcedente.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000585-2021, resolución del 2 de junio de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=ffd77595-c923-4893-a63a-2eb1d9234a2f.