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EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 000327-2017

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
16 de octubre de 2019
Expediente
000327-2017
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. La diferencia entre dolo e imprudencia en el derecho penal se basa en las diferencias cuantitativas y cualitativas de la conducta personal equivocada. El contenido del injusto correspondiente a la imprudencia está contenida en el comportamiento doloso. Por lo tanto, existe una relación más-menos entre los dos tipos de delitos. Ambos agentes también contravienen el mismo estándar de comportamiento.2. En los delitos imprudentes es necesario que normativamente el sujeto esté obligado a prever el resultado lesivo a fin de evitarlo; sin embargo, orienta su conducta en un momento determinado a lo que no se le exigía ni esperaba que hiciera.3. Lo que configura la conducta del galeno como un delito imprudente es la especial infracción personal de observar las reglas de su profesión, las cuales son previamente dadas por el ordenamiento específico de su actividad; omitiendo actuar dentro del estándar normativamente permitido; además, pudiendo haber previsto y evitado el resultado lesivo q

Documento oficial

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Casación N.º 000327-2017, resolución del 16 de octubre de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=ff9abd6a-9558-43f3-816a-19aa50fdb935.

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