EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000931-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 10 de marzo de 2023
- Expediente
- 000931-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
i. Se trata de un procedimiento coercitivo real o patrimonial, en que no es imperativo un trámite previo a la decisión de traslado o de audiencia -en este último caso, en tanto la ley no lo imponga la audiencia es, siempre, facultativa-, salvo que no exista riesgo fundado de pérdida de la finalidad de la medida. En el sub lite, como resaltó el auto de vista, se cumplió con correr traslado a las partes del requerimiento fiscal; luego, la audiencia no era imperativa. ii. De otro lado, al tratarse de un supuesto de variación, en relación al tipo de medida de coerción real que corresponde imponer -para dictar, en reemplazo de la impuesta (medida de inhibición que es una de coerción patrimonial civil), una medida de coerción patrimonial penal, como es la incautación cautelar-, lo único que debe exigirse es que se acredite el presupuesto y los requisitos legales pertinentes para su imposición. La incautación cautelar incide en bienes que son instrumentos del delito, efectos del delito, ganan
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000931-2022, resolución del 10 de marzo de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=fdf0ab57-59f1-42a7-9509-c1c5d595185e.