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EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN

Apelación N.º 000011-2020

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Transitoria
Fecha de resolución
9 de setiembre de 2020
Expediente
000011-2020
Tipo de recurso
Apelación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

1. Dada la naturaleza contracautelar de la decisión del Tribunal de Apelaciones de suspender la ejecución provisional del extremo condenatorio de la sentencia, esta no debe ser arbitraria y debe guardar coherencia con nuestro ordenamiento procesal, teniendo como parámetros de valoración las circunstancias del caso en particular y los principios de proporcionalidad, necesidad e idoneidad. Esto porque pese a que la ejecución provisional de la condena es una institución procesal distinta a la prisión preventiva, sujeta a determinados presupuestos y procedimientos, ambas ostentan la misma naturaleza y finalidad. Constituyen, pues, medidas cautelares de carácter personal destinadas al aseguramiento del proceso penal. 2. Este Tribunal estima que no se configuran las condiciones excepcionales que justifiquen suspender la ejecución provisional de la pena privativa de la libertad impuesta. El solicitante no ha acreditado grave afectación de su salud como consecuencia de la Covid-19, ni su p

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Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Apelación N.º 000011-2020, resolución del 9 de setiembre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=fd3d7ddb-cb93-43a3-84c1-37f960a3e366.

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