EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000249-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 4 de octubre de 2018
- Expediente
- 000249-2018
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
Para la procedencia de la revisión de sentencia, se debe cumplir con los supuestos fijados en la norma adjetiva invocada. Sumilla. Al invocar el numeral tres del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Adjetivo resulta imprescindible la incorporación de pruebas corroborativas que sin atisbo de duda razonable generen convicción sobre la falsedad de las pruebas de cargo o de los hechos. Del mismo modo, la invocación del numeral cuatro del citado artículo y cuerpo normativo, amerita la presentación de medios de prueba nuevos que el juzgador no conoció. No basta con señalar, como lo hace el recurrente, que el quantum de la pena y el carácter de la misma no sean de la conveniencia del sentenciado.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Revisión de Sentencia N.º 000249-2018, resolución del 4 de octubre de 2018. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=facc1d77-645b-4880-854f-59433b3a40cf.