Saltar al contenido
JusWeb

EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN

Casación N.º 001148-2023

Tribunal
Corte Suprema
Sala
Sala Penal Permanente
Fecha de resolución
2 de setiembre de 2026
Expediente
001148-2023
Tipo de recurso
Casación
Tipo de resolución
Ejecutoria Suprema

Sumilla

I. En la etapa intermedia el juez de garantías admitió el pedido de la parteagraviada, consistente en las declaraciones de los testigos: A) Portilla Cconislla y B) Portilla Huañahue, padre y hermana de la agraviada, respectivamente; sin embargo, se evidencia de los actuados que el representante del Ministerio Público, también en su requerimiento de acusación, ofreció la declaración del padre de la agraviada. Dicho aspectodescarta la trasgresión de orden procesal denunciada, si una de las partes legitimadas, como es el Ministerio Público, ofreció la actuación como medio de prueba de la declaración del padre de la menor. De otro lado, con relación a la declaración de la hermana de la agraviada, es claro también que la aclaración solicitada por el juzgado colegiado sobre el auto deenjuiciamiento, evidencia que dicho medio probatorio fue admitido deoficio por el juez de garantías en la etapa intermedia. La incorporación deoficio de dicha prueba (declaración de la hermana), teniendo en cuenta queel juez de garantías como juez de control de prueba la admitió, descarta la objeción procesal sostenida.

Documento oficial

Abrir en otra pestaña ↗

La transcripción de esta resolución todavía no está disponible en JusWeb. El documento se muestra tal como lo publica el Poder Judicial.

Cómo citar

Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001148-2023, resolución del 2 de setiembre de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=f6862db8-18ba-4143-9bf7-efcdfca1c4f3.

Casación N.º 001148-2023 · JusWeb