EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002282-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 13 de noviembre de 2019
- Expediente
- 002282-2018
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
1. En virtud a que el derecho a los recursos es de configuración legal, la procedencia del recurso de nulidad está condicionada a que el acto de interposición cumpla con el plazo de ley. En caso de incumplimiento deberá denegarse.2. Este presupuesto procesal (plazo legal) no constituye un supuesto de indefensión constitucional, en cuanto no se limita el derecho de defensa de la parte, pues no se le mengua irrazonablemente el derecho de impugnar en situación de igualdad; el vencimiento del plazo, en este caso, es provocado, no por el órgano jurisdiccional, sino por algún tipo de pasividad, impericia o negligencia de aquella.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 002282-2018, resolución del 13 de noviembre de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=f6227295-250f-4ff1-896e-f247cdf4bf03.